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Conozca la reglamentación de la deducción del primer empleo

Conozca la reglamentación de la deducción del primer empleo

Los empleadores contribuyentes de renta tienen derecho a deducir en su declaración de renta el 120% de los salarios pagados cuando se cumplan los requisitos de ley establecidos.

Para incentivar la vinculación al mercado laboral de personas menores de 28 años,  se reglamentó el decreto 392 el pasado 13 de abril de 2021.

Los empleadores podrán deducir en su declaración de renta el ciento veinte por ciento (120 %) de los salarios pagados si cumplen los siguientes requisitos:

  • Pagos a empleados menores de 28 años. Si el nuevo empleado cumple 28 años durante el año gravable, la deducción sólo procederá hasta el día anterior a su cumpleaños 28.
  • Primer empleo de estos trabajadores (no deben registrar afiliación ni cotizaciones al Sistema Integral de Seguridad Social). Esto debe certificarlo el Ministerio de Trabajo.
  • Solamente para vinculados por contrato trabajo o relación legal y reglamentaria.
  • Incremento en el número total de empleados y en el valor total de la nómina para el año en que solicite la deducción, en comparación a diciembre del año anterior.
  • Máximo a deducir por persona, 115 UVT por mes (para 2021 $4.175.420).
  • La deducción aplica durante el año gravable en que el trabajador sea contratado.
  • Sólo aplica a nuevos empleos creados después del 27-12-2019.
  • Mintrabajo debe certificar que se trata del primer empleo y llevará registro de certificaciones con identificación del empleado y del contribuyente.
  • La deducción del primer empleo no podrá generar un beneficio o tratamiento tributario concurrente.

 

Resolución 846 de 14-04-2021 del Ministerio de Trabajo

Con esta resolución se reglamenta la expedición del Certificado de Primer Empleo y Registro Anualizado de certificaciones.

La solicitud del certificado se radicará en los canales de correspondencia habilitados por las direcciones territoriales, en forma presencial o virtual.

Se deben radicar los siguientes documentos:

  • Copia simple de documento de identidad de cada uno de los menores de 28 años de la solicitud.
  • Copia historia laboral de cada menor de 28 años, expedida por la AFP a la cual se encuentra afiliado el nuevo empleado.
  • Certificado laboral de cada uno de los jóvenes.
  • RUT del empleador (contribuyente).
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